Que era la dueña del edificio completo. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Ley N° 27806 (TUO D.S. quiero alquiler mi piso 2 meses en barcelona. O se podría indicar en el contrato que no se puede hacer uso de la Fianza para pago de rentas? Decreto Supremo 008-2013-VIVIENDA: Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y … Y nosotros nos preguntamos si esto es legal. Lo dispuesto en el presente artículo no enerva la obligación de la entidad de realizar la fiscalización posterior de los documentos, declaraciones e información presentada por el administrado, conforme a lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Puedo presentar una denuncia? Firmé contrato de alquiler en diciembre de 2012 según LAU de 1994 y el casero no se pronunció hasta enero del presente año, cuando pretendía renovar contrato incrementando el precio. Quisiera hacerles una consulta Bien, el propietario de la vivienda tiene una deuda con una entidad financiera y está casa consta como abal por lo tanto saldrá a subasta si no se hace efectivo el pago de la deuda. Por lo tento creo que entra en la ley, se firmo en 2014, cumplido el contrato el señor me dice que abandonaremos la vivienda y le revisara los posibles daños y como no hay ningun recibo pendiente el nos devolvera la señal al mes siguiente, no me fio de este señor asi que creo que antes de la entraga de llaves deberia firmar un papel en el que asegure que nos devolvera la fianza sin problemas, esto es asi? Qué obligación tengo después? Soy inquilina ejemplar. Un fuerte abrazo. 3U�����������k�8Ci�>5�����re3�>F��RS W 3k�AsF�LP��m����ʧ"�wB"�sB"�sB��aA��H坐���-pNH��DR��A� ��Q�2S������^(9p^Ȋ� �lt0�$�^�;����.�� T�gJ'8y��2��u�P|��. Les dije que no era posible, pues se les había pasado el plazo de preaviso y se entendía que mi contrato se había prorrogado automáticamente hasta 3 años en las mismas condiciones. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. Este año vencía el contrato y debería haber actualizado la renta, porque está muy por debajo del precio de mercado, pero me da miedo firmar un nuevo contrato que permita al arrendatario estar en la casa 5 años más porque puedo necesitar la vivienda para mis padres. Pero también puedes exigir la pintura, pues tienes derecho a exigir que la vivienda esté en las mismas condiciones que estaba y, además, pintar toda la casa no es una pequeña reparación (el inquilino solo es responsable de las pequeñas reparaciones). EI Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: Los procedimientos de evaluación previa están sujetos a silencio positivo, cuando se trate de algunos de los siguientes supuestos: a) Solicitudes cuya estimación habilite para el ejercicio de derechos preexistentes o para el desarrollo de actividades económicas que requieran autorización previa del Estado, y siempre que no se encuentren contempladas en la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. Desde luego que estás en tu derecho de reclamarle. Llevo 4 días sin poder ducharme en mi casa. Me dice un asesor que deberia dedevolver el iva de la construccion de la vivienda…eso es cierto??? Entregue un piso a mediados de julio en perfecto estado, el casero solo menciono un interruptor roto en un dormitorio y unos focos de luz fundidos, me hizo entrega de una parte de la fianza quedandose el con el resto a la espera de los últimos pagos de suministros, despues de un mes, me envia una factura de un lampista fechada mas de 15 dias de la entrega de llaves , de unos supuestos arreglos de la casa y dado que no estoy de acuerdo, muy ofendido me dice que valorara de nuevo el uso de material para hacerme un nuevo cargo. Tengo guardados todos los contratos,,,.un saludo. queria pedirles ayuda tengo una duda. Derecho de adquisición preferente. Ellas tienen que firmar antes de entrar el contrato?, como es a través de una inmobiliaria es necesario que tenga que venir la dueña también? Me sobran habitaciones así que las gestiono con Airb&b, una comunidad de viajeros que buscan hospedaje por una cantidad de dinero acordada mediante web. Irse antes del sexto mes supone un incumplimiento de contrato, por lo que el inquilino tendrá que indemnizar al arrendador los daños y perjuicios que le haya ocasionado. Hola Eduardo, Tengo una duda respecto a la obligación que como arrendatario tengo de ceder la vivienda al arrendador por necesidad de ser habitada por un hijo. Suele pueden pedirte un mes de fianza. TÍTULO II. Hola, Esta lo que establece es que con la nueva ley los contrato de arrendamiento de vivienda habitual podrán ser se un año prorrognadose hasta el 5 años a voluntad del arrendatario. Ley 843, actualizado al 28/02/2022. Dicho esto, si en el contrato no existe una cláusula que diga que váis a necesitar la vivienda durante el transcurso de los 5 años (o al menos una cláusula que deje abierta la posibilidad de que a lo mejor teéis que recuperar la vivienda) entonces no podrás desalojar al inquilino, pues tiene derecho a permanacer hasta el quinto año. Si usted al hacer la compra tenía conocimiento del contrato de arrendamiento, tendrá que respetar la duración de este. No tienes que pagar los 15 mewses que quedan, sino sólo una parte proporcional. Quiero alquilar un piso en Barcelona, pero la agencia me pide a la entrada: . decreto legislativo. Vivimos de alquiler en la misma casa desde hace 4 años y con fecha de ayer (justo un mes antes de que se cumplan los cuatro años) hemos recibido un burofax del propietario dando por finalizado el contrato. Pero el contrato lo firme posteriormente al 6 de junio de 2013… Eso no me ayuda? El 27 de junio, fecha del contrato, alquilé mi piso y en noviembre los inquilinos me comunican que se marchan al cumplir los seis meses. c) Procedimientos en los cuales la trascendencia de la decisión final no pueda repercutir directamente en administrados distintos del peticionario, mediante la limitación, perjuicio o afectación a sus intereses o derechos legítimos. Pero tras leer el Artículo 21 «Conservación de la vivienda», en el capítulo IV de la LAU, no estoy seguro de quién debe pagar, porque encuentro contradicción entre lo que dice el primer punto y el cuarto punto de dicho artículo. Que debo hacer en ese caso. Alquile un piso junto a mi ex novia hace más de un año y los dos firmamos conjuntamente el contrato de alquiler, por motivos de convivencia y con un fallo judicial de por medio me vi obligado a marcharme de la vivienda, llame al propietario y ambos firmamos un acuerdo de resolución de contrato de arrendamiento en el que hacía constar que quedaba como arrendataria mi ex pareja, a día de hoy mi ex pareja se niega a formalizar un nuevo contrato ya que dice que el que hicimos en su día tiene validez y que debo de seguir pagándole (surrealista del todo), es más, el propietario me ha llamado y me ha dicho lo mismo, que se puso en contacto con la agencia inmobiliaria y que el inicial contrato tiene validez y la rescisión que firmo junto conmigo que no vale. Artículo 21. Puedes pedir una bajada de la renta, y no habría problema en llevarla a cabo en un escrito aparte anexo al contrato. Decirte que en este casi no entrarías dentro del desistimiento que es a partir del sexto mes, así que estarías en una situación de incumplimiento de contrato y por lo tanto tendrías que pagarlo los daños y perjuicios causado. Según la ley de arrendamiento de Cantabria, hemos sido nosotros como propietarios los que hemos pagado a la inmobiliaria un mes de alquiler. Los administrados podrán interponer, individualmente o en conjunto, el recurso de queja a que se refiere el artículo 158° de la Ley N° 27444, o presentar una denuncia al órgano de control interno de la entidad respectiva, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiera lugar, en el caso de que el funcionario o servidor público incumpla lo establecido en la presente Ley. ¿Cual es el plazo para un contrato que se celebrará en ABRIL 2019 de persona JURIDICA (el propietario es una empresa)? Llevo 2 años y 7 meses como inquilina pagando siempre el alquiler de la vivienda.En la misma había insectos y humedades que yo desconocía hasta que llega cada invierno y la casa de moja entra agua cada vez que llueve y a pesar de haberlo hablado con el dueño no da solución al problema así mismo una vez necesitó su vivienda y me dio una semana para irme luego cambió de idea y me dejó quedarme respecto a los insectos ya vino una empresa a fumigar pero no pude irme porque no tenía donde ir pero cuando lleguen las lluvias tendré que vivir con humedades y recogiendo agua….. El propietario esta obligado a fumigar si existen problemas de insectos, y a reparar las humedades. Compartimos con ustedes la Ley General de Inspección del Trabajo (Ley 28806), promulgada el 22 de julio de 2006 y publicada en la página oficial del diario oficial El … Cualquier contrato posterior al 6 de Junio de 2013 son 3 años + 1. Compre una vivienda en septiembre y tenia inquilino, el contrato es de Septiembre de 2018,cuando me enseñaron la vivienda en julio hablamos con el inquilino de su renta la cual era muy baja, pero no me importo porque se le dijo el de la inmobiliaria que la vivienda se estaba vendiendo y que se tenia que marchar, el accedio, pero me dijo el de la inmobiliaria que habia pasado por alli y que le dijo que como no se le habia dicho por escrito con dos meses de antelacion que se quedaba en el piso aunque se vendiera, el dia que escriture el piso, le envio burofax en el que le informo que soy el nuevo propietario y que aplico el articulo 14 de la LAU, le doy tres meses para que abandone el piso, ella me ha contestado que no se va ir, y que si quiero que se vaya que le pague tres meses de renta, ademas el ultimo mes ya no me lo ha pagado, entiendo que tengo que ir al juzgado y reclamar tanto las cuotas impagadas como la ejecucion del articulo 14. administrativo positivo, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley núm. Mi pregunta es si pueden realizar una subida de ese importe o hay un límite en la subida. Buenos días, estamos de alquiler en una vivienda desde el 20 de agosto de 2013. Su contrato estaría en tácita reconducción por lo tanto ya no se podría modificar el mismo. Si tu contrato es de vivienda habitual entonces la cláusula es inválida. a quien corresponde pagarla al propietario o al inquilino puesto que es un seguro para el inquilino y si no pasa la revision pueden no servirle butano, otra pregunta puede el propietario entrar en esta vivienda, solo en las zonas comunes si el objeto del arriendo es exclusivamente la habitacion sin aviso a los inquilinos como propietario que es de la vivienda, para averias. Hola, buenos dias: Hace unos días nos comentó uno de ellos que tenían que subir un poco, y hoy nos dice que nos suben 100€ mensuales, pasando de pagar 800€ a 900€. Hola Eduardo te comento,en junio del 2017 alquilo una habitación en el piso donde estoy por valor de 150€ con una fianza de 200€ pero.a los5 meses dspues le ofrezco a la casera el.quedarme con la otra habitacion por que queria alquilarla aparte entonces llegamos a un acuerdo verbal que ahora ella me ha constatado mediante WhatsApp que me lo giene alquilado en su totalidad le estoy pagando 300€ mas gastos aparte de luz agua y calefaccion ese es acuerdo al que llegamos ella y yo bueno.pues ahora me quiere subir la.renta a 350€ por que se basa en que ha estado mirando por internet que los alquileres estan mas caros y claro teniamos pactado en contrato que habia subida seria por IPC ante esta subida desproporcionada a.la cual yo o estoy de acuerdo me escribió al whatsapp que tenia que abandonar el.piso en un mes a lo cual yo voy a acceder puesto queno esta en el.plazo y quiere alquilarselo a otra persona por la cantidad que ella me.pide mi preguntas son las siguientes: Muchas gracias. Con fecha 20 de febrero de 2013, alquile una vivienda y, en la clausula de revisiones, incluimos que la revision del precio se haria conforme al articulo 18 de la Lau. Una vez que se vaya, tendrá que indemnizarte con 1/2 mensualidad si se va el sexto mes, indemnización que irá disminuyendo cuanto más tardío sea el desalojo, hasta convertirse en cero la indemnización si desaloja al finalizar el mes doce. Agradecería información al respecto de la situación en la que estoy, gracias. Aplicar regímenes de silencio administrativo sin observar lo dispuesto en la Ley 29060, Ley del Silencio Administrativo, o la que la sustituya. Artículo 37. En cualquier caso, junto con el derecho a establecer tu vehículo en el parking, se te ha cedido el derecho de acceder a ese parking. Podrá establecerse en el contrato una indemnización a favor del arrendador por este concepto de una mensualidad de renta por año de contrato que reste por cumplir». El casero me comentó la intención de subirme por eso el alquiler, aunque el piso dispone de un solo dormitorio completo (el otro es más bien un trastero). Es que es un problema dar por finalizado el contrato sin reflajar el estado de la vivienda. Tengo una duda, la ley de diciembre de 2018 ha sido derogada/anulada, por lo tanto sigue la de 2013. Si lo consideramos alquiler de habitación de larga duración (equiparable al contrato de vivienda habitual), el arrendador te podrá pedir el desalojo después del primer año, es decir, ya. Y si no se alquila por circunstancias del mercado entonces te podrán reclamar todas las rentas que faltan hasta que venza el contrato. Si la vivienda ya es del banco, es porque ha sido embargada, y si en su momento la persona no saco los enseres de la vivienda estos pasan a ser al banco. A causa del viento uno de los arboles cayó dañando las instalaciones del vecino. <> 157 0 obj Entiendo que el contrato se celebró antes de junio de 2013. LEY DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO. Tengo tres dudas que me gustaría que me ayudaras. Los arrendadores son una inmobiliaria y sus clausulas son abusivas, se están portando fatal (hasta amenazan con no devolverme mi aval bancario si no dejo la casa impoluta! muchas gracias 0000003503 00000 n Con los recibos de agua luz y gas el dueño me quiere cobrar del mes entero y no hasta el día 17 que yo entregje llaves y que no habka utilizado ya que estaba en la nueva casa pero no pude entregar las antes ya que me he ido a vivir a 400 km de distancia.la cosa esque yo hasta el 17 no me niego ya que el no tiene la culpa de yo ir lejos pero a partir del17 que entregue llaves yo no se lo que ha hecho o no el.tengo obligación de pagar agua luz y gas del mes entero???? y hoy me llama la propietaria y me dice que desde el mes de agosto que cumplió los 3 años, ese dinero se lo queda ella son casi 3000 euros y no constara en ningún lado, y que esa cantidad la tengo que añadir al precio de las escrituras y volvérselo a pagar . Tengo varias dudas acerca de la ultima reforma de la LAU… Soy propietario de una vivienda. Gracias. Bajo mi punto de vista el grifo y la ducha os corresponde a vosotros por tratarse de pequeñas reparaciones. Depósito de fianzas. El piso lo alquile mediante una inmobiliaria. ¿Son de aplicación todos los cambios de la nueva ley de arrendamientos urbanos del 2018 al caso de una nave industrial o hay algún punto que aplique solo a viviendas? Muchas gracias. Procesos judiciales. POR CUANTO . ¿es la ley clara con respecto a este asunto? Se podría firmar un contrato de duración mínima de un año y fijar una penalización en el caso de que el Arrendatario deje la vivienda antes de ese año de acuerdo mutuo entre ambas partes? De los arrendamientos de vivienda, CAPÍTULO IV. Como indemnización, si el contrato es de dos años, tendrás que pagar una mensualidad de renta, por lo que se quedarán con 550€ de la fianza y te devolverán el resto. Si es mancomunada, es decir, cada uno paga por separado parte de la renta, no tendría que hacerse cargo del incumplimiento de sus compañeras, pero si es solidaria y decide quedarse tendría que pagar el resto de partes, sin perjuicio de la reclamación que le puede hacer a sus compañeras por este motivo. ¿ De acuerdo a la firma del contrato (25-04-2013) y transcurrido ya los 5 años, puedo recuperar la vivienda ? El preaviso que te han dado cumple con lo que indica la ley, que son 30 días antes del vencimiento de los 3 años. En mi opinión si nunca funcionó no es tu obligación hacer tal reparación. Por favor estoy desesperada y quiere una contestación en dos días, ayudeme. Además, también podrás pedirle media mensualidad de renta en concepto de indemnización, si tu contrato así lo establece. Pues en ese caso el arrendador os puede cobrar hasta la finalización del contrato, por lo que es preferible que negocieis con él alguna cantidad asumible para todos. Nombre, apellidos, DNI y, si se lo exigen, un domicilio para comunicaciones diferente del de la vivienda arrendada. Buenas tardes Eduardo, Buenas noches: He alquilado un piso en el mes de abril, los inquilinos sólo me depositaron la mitad de la fianza, dando largas para abonar la otra mitad. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Creo que no podré vivir con ello. Hola buenas me falta un mes para cumplir el contrato donde vivo, pero mi hijo se enferma mucho porque entra mucho polvo el agua no es permanente y la encargada de arrendar no da ninguna solucion le dije q me dejara ir faltando un mes para cumplir el contrato y no me deja. No olvides que en la sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices. Tras la reformas introducidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) el 6 de marzo de 2019, os dejo algunos enlaces que considero de interés respecto a cómo queda configurada en la actualidad. A qué institución me puedo acercar para evitar pagar una vivienda que desalojar? El alquiler no se registró oficialmente en su día, y de hecho se que el propietario no paga los correspondientes impuestos por ella. «Siempre que hayan transcurrido al menos seis meses de contrato, el inquilino podrá desistir del contrato, bajo condición de que lo comunique al arrendador con un plazo mínimo de un mes. Mi intención es que el actual propietario desaloje el piso antes de la firma de venta (creo que tienen un acuerdo para ello). Hola Eduardo, tengo una duda,yo alquilé un piso en mayo de 2014,en mayo de 2015 renovamos por un año tambien, como ponía en el contrato, avisamos con mas de un mes de antelacion y dejamos el piso el 31 de enero de 2016, es decir, nos faltarian 3 meses (febrero,marzo y abril ) para finallizar el segundo año. 1ª.- Que contrato verías mas conveniente para nuestra situación? Leyes Laborales Perú [Actualizado 2022] Publicado por Miguel Torres el 3 de marzo de 2021 21 comentarios Miguel ¿Cuáles son las leyes laborales Perú actualizadas? ¿podemos hacer un desistimiento del contrato? Hola Eduardo,,,,,,estoy de alquiler en un piso desde el mes de julio del año 2012……firme un contrato de 5 años de duración,,,,hace un mes me llamo el de la inmobiliaria y me dijo que tengo que renovar el contrato con la nueva ley,,,,,,es decir firmar un contrato de 3 años……es legal que me apliquen la nueva ley de contrato del 2015 habiendo firmado un contrato del 2012 ???????? eso es verdad, puedo hacer algo, puedo denunciarlo al ivima, ya la he abonado casi 50000 euros y me lo esta vendiendo 20000 mas de lo que estipula ivima. La ley establece que el arrendador tendrá que hacerse cargo de las reparaciones que necesite la vivienda para mantener las condiciones de habitabilidad, entiendo que ciertos electrodomésticos son necesarios como por ejemplo la nevera, y esto no puede modificarse por contrato. De lo contrario a lo mejor te encuentras con la desagradable sorpresa que mencionas de que te puedan reclamar el cumplimiento íntegro del contrato. Habiendo un familiar como avañador el lrimer año y ya no firma mas en los anexos pueden hacer algo en su contra?! El tema es que debes preavisar con 30 días de antelación a tu salida. Aunque ni por asomo queremos entrar en temas judiciales. En esta página puedes acceder a la dirección en Málaga y en Marbella del AVRA, que es la oficina encagada de recoger las fianzas. Publicación por el Gobierno de los Indices de Precios al Consumo a que se refiere esta ley. Son 4 habitaciones, las otras 3 chicas tienen contrato con la casera, yo no, no tengo nada firmado con ella. Hola buenos días, resulta que soy alquilada y el propietario de la vivienda es una constructora en concurso de acreedores y mi casero es la persona intermediaria que se encarga de cobrar el alquiler. Buenos días, tengo un contrato de arrendamiento, que entró en vigor el 1 de enero de 2013, y en el que se indica explícitamente: (1) El arrendatario declara que la vivienda y su mobiliario (detallado en Anexo, con fotos) se encuentra en buen estado; (2) el arrendatario se compromete a devolver la vivienda en el mismo estado al término del contrato; (3) las roturas o pérdidas de piezas del mobiliario, incluyendo los electrodomésticos, serán por cuenta del arrendatario. en el contrato de alquiler no se menciona nada en cuanto al desestimiento. y verbalmente se quedó que pasado la vigencia del mismo, mas las prorrogas legales correspondientes, si nos era posible se procedería a la compra de la misma. En la agencia donde se alquiló el piso le han dicho a mi hermana que lo sienten mucho pero que las opciones son quedarse ella sola en el piso y hacerse cargo del todo el alquiler ella sola o irse del piso y perder la fianza. La obligación de cumplir los contratos la tienes en el artículo 1091 y siguientes del código civil. En el contrato no ponía nada de indemnizaciones por incumplimiento. %���� Son 800 euros y me parece increíble. LEY 906 DE 2004 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. Me gustaría consultar mi caso. Si bien en su caso, también puede estar hasta el sexto mes y desistir del contrato de arrendamiento, en este caso la indemnización sólo se daría se apetece en el contrato y de una mensualidad por cada año de contrato que reste por cumplir, si es un tiempo inferior tendrá que prorratearse a los meses que quedes. Artículo 3 Arrendamiento para uso distinto del de vivienda. Buenas noches, mi consulta es porque tengo un piso que en este momento esta alquilado y se lo he cedido a mi hija en donación, como debo proceder con el inquilino? Un saludo. Muchas gracias de antemano y enhorabuena por este articulo que nos es de gran ayuda. Rafael. Un saludo, uso, espero haberle sido de ayuda. Un saludo, María. Artículo 4°.- Responsabilidad del funcionario público. Gerente De Servicios [SKE078] Xico - Veracruz. Además, si el alquiler es por unos meses hasta que pueda volver, el precio no será el mismo que para el contrato de 3 años que tengo. El problema de las cosas verbales es que tu tienes la obligación de oagar la renta íntegramente y no puedes descontar nada, pues nada aparece por escrito. Apóyanos con una donación para poder continuar brindando el servicio todo el año y sin interrupciones Apoyar. En este caso no puede pedir la vivienda por tener que habitarla. Rogaría que por favor, si eres tan amable me respondieras y dijo lo vas hacer por el motivo que sea me lo hagas saber. ¿Bastaría con un anexo al mismo? En caso de que queráis hacer contrato de arrendamiento a partir de ahora, depende de si esa va a ser la vivienda habitual de tus amigos o no. Puedes ayudarnos realizando la donación que creas conveniente. Mi consulta es en calidad de arrendataria, recientemente (hace un mes) hemos alquilado un piso, hace 15 días le escribimos al propietario de la vivienda con deficiencias (pintura, limpieza y tres arreglos menores) de los cuales a solventado 1 y otro a medias pero la pintura y la limpieza no se ha pronunciado a respecto y parece que no lo quiere solucionar, por higiene nosotras contratamos a alguien para limpiar y adecentar la casa y le enviamos la factura (56 €) no nos contesto y a la hora de realizar el pago de la mensualidad le realizamos el ingreso descontando los gastos de limpieza y ahora nos contesta diciendo que como no le dijimos el día de la firma que la casa estaba sucia da por no efectuado el pago de la mensualidad, por lo que nos solicita el pago pendiente de la mencionada mensualidad (los 56€ de la limpieza). Han permanecido en el piso tres meses, aunque el mes último que ha sido este junio no han pagado la mensualidad dando ellos por pagada con la mitad de la fianza que dejaron en abril Hola, antes de nada agradecer toda la interesante información que proporcionan. Deseo marcharme el 1 de febrero de 2016, ¿No podré hacerlo? No quería llegar a esto, pero así lo haré. – ¿que preaviso marca la Ley? Muchas gracias por su respuesta. Si es alguiler de una vivienda la fienza es de un mes. El plazo de duración de este contrato es de UN AÑO, a contar desde el 01 de Agosto de 2015, prorrogable, a voluntad de la parte ARRENDATARIA, por periodos anuales sucesivos hasta un periodo de cinco años en total, conforme al régimen de prórroga previsto en el art. Resultado de todo esto, que me está diciendo que le tengo que pagar 3 meses de alquiler (abril,mayo y junio). Por mi negativa a pagar a la agencia que le lleva sus pisos 150€ de gestión que no han realizado conmigo por no ser yo clienta nueva. Tengo entendido que me puedo ir de mi piso alquilado el 15/06/2019 luego de 6 meses a partir de la fecha inicial, pagando un mes de alquiler correspondiendo al año en curso (en ese caso el prorata). Artículo 27. Hay algún tiempo maximo que pueden tardar en darnoslo? Gracias. Buenos días, quisiera informarme de un contrato de alquiler. ¿Esto es así, o como lo alquilamos en 2.013 y eran entonces 5 años, tienen que dejarnos 2 años más?. En concreto tendrías que pagar, si desalojas el sexto mes, el resultado siguiente: En cuanto al tiempo de preaviso para comunicar que el Arrendatario va a dejar la vivienda alquilada. Bien, hasta ahí todo bien, pero ahora el casero me dice que no me deja irme, que sii quiero irme tengo que pagarle todos los otros meses, que si no me denuncia. ¿Por qué no puedo? A la espera de sus noticias, le agradezco de antemano su respuesta. Se trata de hacer un documento en el que se explique que estas personas pasan a formar parte de la parte arrendataria del contrato con las mismas responsabilidades que el resto de arrendatarios. ¿el contrato pasa a regirse por la nueva ley? %���� Que puedo hacer en ese caso? Voy a firmar un contrato de alquiler como arrendador, el preámbulo del nuevo texto legislativo de fecha 31 de marzo de 2015 en su apartado segundo habla de una duración de 5 años con prologa de tres, su modelo decontrato habla de una duración de tres con una prologa de un año a cuño vencimiento hablariamos de resolución o nuevo contrato.El Art.9 también habla de tres . Los honorarios de la inmobiliaria es a una cuerdo que se llega entre partes, la ley de arrendamiento no especifica nada al respecto. Por lo visto ha estado 58 días (del 11 de junio al 8 de agosto es la factura, aún faltará otro pico elevado de gasto de agua hasta ayer 23 de agosto que es cuando llegó la factura y cerramos la llave de paso), despilfarrando agua porque ha fallado el ciclo. Ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias Decreto 58, 09 de Enero 1997. Vencido el plazo, la Presidencia del Consejo de Ministros publicará una lista de las entidades que cumplieron o no con remitir la justificación a que se refiere el primer párrafo, señalando la procedencia o no de la misma. Soy arrendatario, me mudé hace poco a un apartamento y la dueña ya no quiere firmar contrato con nosotros, porque no acepta mascotas. que hay que hacer un contrato nuevo de tres años de duración. Disposición final primera. Eduardo, me podrías informar al respecto? Transcurridos esos 5 años, puedes evitar la prórroga de tres años. 0000001182 00000 n Disculpa las molestias Eduardo, pero entonces al que vincularía es al anterior propietario y no a mí, ¿No? http://www.abogadosparatodos.net/regulacion-del-alquiler-de-vivienda-turistica-o-vacacional-en-asturias/. Felicidades por esta página que ha ayudado ya a tantas personas. Es un contrato privado y es perfectamente válido sin registrarlo. Yo quiero desistir del contrato. Y el camino natural de acceso al parking debe ser el portal y el ascensor. ¿O debo esperar a que finalice el contrato de arrendamiento para pedir que realice la reparación o me pague su coste si me devuelve el aire sin reparar? Yo no lo he encontrado en ningún lado… Y tampoco este deposito no está mencionado en el contrato que me proponen…. El órgano de control interno de las entidades de la Administración Pública supervisará el cumplimiento de los plazos, requisitos y procedimientos a fin de que sean tramitados conforme al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA correspondiente. Para el tema de las reformas, lo mejor es mirar el contrato de arrendamiento, a ver qué dice. El arrendador tiene drecho a quedarse con la fianza para cobrarse, por lo menos, una mensualidad. Sin embargo, el contrato que yo firmé no estaba adaptado a esa LAU puesto que pone 5 años, no 3 años. ¿Tengo derecho a exigir saber de donde sacan los ingresos? Quién tiene la obligación de pagar la tarjeta y compostura del equipo, el arrendador o arrendatario? Si posteriormente el arrendatario se entera de que has vuelto a alquilar el local antes de que se cumpla el año del contrato actual, entonces él te podría reclamar el exceso, es decir, aquello en lo que tu te hayas beneficiado por haber cobrado doble. No debería devolvernos la fianza completa con la nueva ley, o estoy equivocada. 156 0 obj Arrendatarios con discapacidad. Quería saber si yo soy el arrendador para que la vivienda conste como habitual para mi arrendatario y que me pueda beneficiar del 60 porciento en la renta, que condiciones tengo que poner en el contrato de alquiler? ¿Es de vivienda habitual?. Tengo un pequeño apartamento que vivo en él algunos meses. Y esto es porque no se pueden establecer normas por contrato que resulten mas perjudiciales para el inquilino que lo que establece la ley. Este año en septiembre ha comprado una empresa la vivienda a los herederos ( que han estado litigando todos estos años)

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