Artículo Primero. Inmuebles con uso distinto al autorizado en el acuerdo de destino. Título V Las Dependencias y Entidades, en caso de que no las tengan en su poder, solicitarán a la DCP copias certificadas de los CFDI que acrediten la propiedad de los Vehículos, para los trámites legales que correspondan. Artículo 90. A fin de atender lo establecido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, la Dependencia o Entidad que detente el uso, deberá proporcionar el Centro de Coste y la demás información que determine la DCP mediante oficio circular que al efecto publique en la Página electrónica. Cuando la entrega de Muebles se realice en lugar distinto al Almacén de Adquisiciones, quienes sean titulares de las Áreas Administrativas de las Dependencias y/o Entidades, deberán asegurar dentro de sus unidades administrativas que el etiquetado se realice de conformidad a lo establecido en el oficio circular que al efecto publique la DCP en la Página electrónica. Enajenación de Bienes Inmuebles de Propiedad Estatal, Solicitud y determinación de enajenación. Una vez que proceda el alta respectiva, la DCP remitirá oficio a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría, para que ésta última, en el ámbito de su competencia, efectúe el registro contable del activo correspondiente. Información proporcionada a las notarías públicas. En caso de que se acuerde la Reasignación correspondiente, la Dependencia o Entidad solicitante deberá observar lo dispuesto en el oficio circular que al efecto publique la DCP en la Página electrónica, para el ejercicio fiscal que corresponda. Uso de Vehículos Oficiales y Combustible, Uso de Vehículos oficiales y combustible. [PREVENTA] #TheGreatDeal Conoce más en el link del evento: https://fb.me/e/cJhSeCZAq Para mayor información inscríbete en el siguiente formulario:. Artículo 50. La DCP, podrá realizar revisiones físicas aleatorias, así como de los resguardos a las Dependencias y Entidades, durante el ejercicio fiscal, sin que medie aviso o programación. inmuebles propiedad municipal a favor del Estado. La inscripción en el Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal no procederá cuando quien lo solicita no aporte la documental indispensable para la formalización de la transmisión de la propiedad a favor del Estado, en los términos que en cada caso defina la DCP. Artículo Primero. Las solicitudes de donación de inmuebles propiedad de particulares a favor del Estado deberán acompañarse de los siguientes requisitos documentales: El plano topográfico que se presente en términos de lo señalado en el párrafo anterior, deberá estar acompañado de cédula de inspección física en la que se mencione que el predio no tiene afectación alguna, así como reporte fotográfico en el que se aprecie que no existen interferencias físicas para la construcción que corresponda, previéndose gastos que resulten gravosos al Estado. Tratándose de enajenación onerosa de bienes inmuebles la Secretaría, a través de su Dirección de Catastro, será quien determine el valor del inmueble que será motivo de enajenación. Previo al inicio del trámite de baja de Vehículos, las Dependencias y Entidades deberán solicitar a la DCP la fecha y hora para la recepción de los mismos. Av. Universitaria 1801, San Miguel, Lima, Perú, a través de la Dirección de Educación Continua, para que, de manera indefinida o hasta que revoque su consentimiento, pueda utilizar los datos personales que registre a través el formulario con la finalidad de enviarle . Artículo 21. You will find news, interviews, videos and pictures about relevant, institutional and research topics. La Administración Pública Municipal que solicite un bien inmueble del Estado en asignación, deberá hacerlo mediante un oficio signado por la persona titular de la Presidencia Municipal, dirigido a quien sea titular de la Secretaría. [1] Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 45, Tercera Parte, de fecha 2 de marzo de 2018. Las Dependencias y/o Entidades a través de sus Áreas Administrativas, deberán realizar un levantamiento de inventario físico de los Muebles y Vehículos y mantenerlo actualizado de manera permanente, a fin de efectuar las conciliaciones que al efecto determine la DCP. Para tal efecto la DGRMSGC emitirá el oficio circular correspondiente que regule las directrices que regirán a la previsión anterior. Artículo 9. En el supuesto de que las Entidades pretendan donar sus Muebles, será necesario que sus órganos de gobierno emitan los respectivos acuerdos, a través de los cuales se autorizan las donaciones correspondientes. La conservación, mantenimiento, vigilancia y administración en general de los bienes inmuebles del Estado, quedará a cargo de quienes los tengan en uso, destino o por quien posea atribuciones sobre la vocación de los mismos, debiendo atender las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Para el caso de enajenación de Muebles en calidad de chatarra o muebles en desuso para procesos de reciclado, se deberá atender a las directrices en materia ambiental, que emita la DCP mediante el oficio circular que al efecto publique en la Página electrónica. Artículo 49. Inmuebles que dejan de prestar el servicio público. Adquisición y Alta de Muebles Artículo 67. Donación de Bienes Inmuebles por parte de Particulares, Requisitos para solicitar a los particulares una donación a favor del Estado. CLOSED NOW. Lo anterior, en los casos en que la Aseguradora determine que el seguro no cubrirá el daño causado por el siniestro, o bien, cuando exista omisión de realizar las gestiones conducentes ante la Aseguradora. El Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría, realizará y suscribirá los actos de adquisición de los bienes inmuebles con sujeción a los presentes Lineamientos y en términos de las demás disposiciones legales aplicables. [2] Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 134, Segunda y Tercera partes, del 07 de julio de 2021. Destino de Bienes Inmuebles de Propiedad Estatal. Trámite de alta en el Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal. La Secretaría designará, por conducto de la DCP, a las notarías públicas que formalizarán las escrituras de cada uno de los inmuebles que adquiera el Estado. Artículo 56. En los supuestos de donación, dación en pago y permuta de Muebles a favor del Estado, deberá sujetarse a la autorización que al efecto emita quien sea titular de la Subsecretaría de Administración o la persona servidora pública que éste designe, debiendo suscribirse los actos correspondientes con sujeción a los presentes Lineamientos y en términos de las demás disposiciones legales aplicables. Cuando la Federación, entidades federativas, municipios o personas morales, según se trate, soliciten en donación Muebles propiedad del Estado, deberán dirigir la petición a quien sea titular del Poder Ejecutivo Estatal. En caso de que existan diferencias entre lo reclamado y lo determinado por la Aseguradora en el convenio de liquidación, deberán comunicarlo por escrito a la DCP, para que ésta a su vez lo comunique al despacho de personas valuadoras de la Aseguradora, para que se determine lo procedente. Universitaria 1801, San Miguel, 15088 Lima, Perú Ver en GoogleMaps Teléfonos: (+511) 626 2530 / 626 2531 Mapa de sitio. En los supuestos en los que no exista título o instrumento que legitime el derecho de propiedad, uso o posesión que las Dependencias y Entidades tengan sobre los inmuebles, éstas deberán realizar los trámites conducentes para su regularización, ante las autoridades competentes. Artículo 15. La Secretaría, en el ámbito de su competencia, aplicará e interpretará las presentes disposiciones para efectos administrativos. Capítulo III Tratándose de Reasignación de Vehículos dados de baja ante la DCP, se estará a lo previsto en los artículos 64 y 65 de los presentes Lineamientos. Para las adquisiciones de Vehículos realizadas directamente por las Dependencias o Entidades, éstas deberán enviar a la DCP, para efectos del alta correspondiente, la siguiente documentación: La representación impresa del CFDI deberá estar sellada, firmada, con nombre completo, puesto de quien recibe y señalando fecha. You will find the events, calls and informative talks organized by the university. Artículo 57. Artículo 62. Las Dependencias o Entidades solicitantes deberán integrar un expediente que contenga las documentales que acrediten haber cumplido con los requisitos previamente señalados y enviarlo por oficio a la DCP, junto con la justificación de las condiciones de necesidad o procedencia, ubicación y características de los inmuebles que se pretenden adquirir; asimismo, los documentos anteriormente enlistados deberán ser remitidos en archivo digital a la DCP, el cual será utilizado para desahogar la revisión del proyecto de contrato generado en el trámite de escrituración. La Secretaría, por conducto de la DGRMSGC, atenderá los oficios de solicitud de escrituración de los bienes inmuebles que se adquieran para reservas territoriales necesarias para la construcción de infraestructura pública, firmados por quien sea titular o el personal facultado de la Dependencia y/o Entidad solicitante. Para la Federación y las Entidades Federativas, los oficios de petición deberán estar suscritos por quien esté facultado para ello. En el caso de siniestros por rotura de cristales de bienes inmuebles del Estado, corresponde a las Dependencias y Entidades realizar el pago del deducible directamente a la Aseguradora o al Proveedor del servicio, debiendo informar el siniestro y remitir el CFDI correspondiente a la DCP para su verificación respectiva, de acuerdo a los criterios que al efecto publique la DCP en la Página electrónica. Cuando proceda conforme a la ley aplicable el trámite de compra ante el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la Administración Pública Estatal y previa revisión por parte de la DCP sobre la correcta integración del expediente referido en el artículo anterior, la DAS someterá a consideración de dicho Comité la solicitud de compra presentada. Campus principal Av. Artículo 37. La Federación, Entidades Federativas, Municipios, instituciones de educación superior, así como asociaciones e instituciones que realicen actividades de asistencia social o labores de investigación científica, siempre que no persigan fines de lucro, podrán solicitar a través del comodato, el uso temporal de bienes inmuebles de propiedad estatal, para lo cual el escrito en el que conste la correspondiente solicitud deberá turnarse a la persona titular de la Subsecretaría de Administración, debiendo justificarse plenamente el fin y uso que se dará a los bienes solicitados y proporcionando la información y documentación que en cada caso fije la DCP. Será responsabilidad de quienes sean titulares de las Áreas Administrativas de las Dependencias y Entidades, autorizar el pago de deducibles por siniestros sobre Contenidos. En su caso, la asignación se autorizará mediante acuerdo de quien sea titular del Poder Ejecutivo. Artículo 48. Inmuebles bajo rectoría de la Secretaría. Objetivos Específicos: Registrar el Patrimonio mobiliario del Estado. Artículo 106. Cuando proceda la baja de un bien inmueble por cancelación del registro del Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal, la DCP remitirá oficio a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría, para que efectúe la baja del registro contable del activo correspondiente. derysoc@pucp.edu.pe. Trámite de baja en el Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal. La DCP será la encargada del etiquetado de Muebles. La DCP notificará mediante oficio al solicitante de la donación, la fecha en que podrá pasar al Almacén o a las instalaciones de la Entidad para recibir los Muebles donados. Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por: Aplicación e interpretación de los Lineamientos. Conoce los asuntos tratados por nuestros órganos de gobierno y otros comunicados oficiales. Repositorio en línea de tesis de alumnos de pregrado y posgrado, Fondos y concursos para investigación dirigido a estudiantes y docentes, Reúne los archivos de audio, video y fotografía de la PUCP, Asociaciones de alumnos y docentes que hacen investigación sobre diversos. Conoce las ventajas de llevar un programa de Formación Continua en la PUCP. Universitaria 1801, San Miguel En el caso de que la Destinataria otorgue al bien inmueble del Estado un uso distinto al autorizado en el acuerdo de destino respectivo, la Secretaría le solicitará por oficio que ponga a su disposición el inmueble en un plazo no mayor a quince días hábiles posteriores a la recepción de dicho oficio. Brinda la ubicación exacta de todas las instalaciones de la PUCP, dentro y fuera del campus. En la autorización que en su caso emita el referido Comité deberá determinarse, conforme a los avalúos que obren en el expediente, el precio máximo de adquisición. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del 01 de enero de 2023. Reasignación y Comodato de Muebles. Extravío, robo, daño o destrucción de Muebles. 1. La DCP abrirá el expediente de escrituración de inmuebles, una vez que las Dependencias y/o Entidades solicitantes de la donación hayan integrado en su totalidad la documental necesaria para iniciar el trámite de protocolización. SUNARP requiere personal afines a las carreras de Administración, Economía, Ingeniería. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las solicitudes de donación de muebles propiedad del Estado que se dirijan a titulares de Dependencias y Entidades, se turnarán a la Secretaría para su trámite correspondiente. Artículo 39. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Artículo 53. Por lo cual, a fin de alcanzar los objetivos y metas considerados en los citados instrumentos de planeación, y garantizar la administración eficiente, ágil y racional, así como el uso transparente de los bienes patrimoniales con que cuenta Gobierno del Estado, resulta necesario contar con el marco normativo que regule, entre otros aspectos, lo relacionado con su uso, adquisición, enajenación, destino, asignación, comodato, arrendamiento, compraventa, donación, adjudicación, alta, baja, reasignación y siniestros. La DCP atenderá las solicitudes de alta de Muebles, las cuales se deberán realizar a través de oficio firmado por quienes sean titulares de las Áreas Administrativas solicitantes, para lo cual se deberán anexar los documentos que se determinen por la DGRMSGC en el oficio circular que al efecto publique en la Página electrónica. Artículo 35. Disposiciones Generales. La DCP será la encargada de proporcionar a las notarías públicas las políticas relativas al procedimiento de escrituración, nombramientos y generales del personal de la Administración Pública Estatal que intervenga en la firma de la escritura, así como la información correspondiente al avalúo, planos topográficos y antecedentes registrales del inmueble. CEA Derecho de la Energía 11. Artículo 82. Artículo 93. Artículo 38. Capítulo II Procedimientos Administrativos, Sección I La unidad economica Control Patrimonial registrada bajo la razon social H. Ayuntamiento Municipio De Acapulco De Juarez con numero de registro #1395145 y actividad economica Administración pública en general (931210), Control Patrimonial se encuentra ubicada en el municipio Acapulco De Juárez, Guerrero, Colonia . Lo anterior, guarda congruencia con la actualización del Programa de Gobierno 2018-2024 [2], que dentro de sus «Objetivos de Desarrollo Sostenible», de manera particular el «16. Las Dependencias y Entidades que tengan en uso, destino o por quien posea atribuciones sobre la vocación de los mismos, deberán remitir cada año durante los meses de enero y febrero, o bien, cuando se lleven a cabo modificaciones o adecuaciones al inmueble, fotografías del uso y ocupación del inmueble (fachada, interiores, patios, etc. Las solicitudes se enviarán por oficio a la DCP. Artículo 97. En el caso de bajas de equipo de cómputo, se deberá contar con la validación del área de informática correspondiente, conforme al oficio circular que para tales efectos publique la DCP en la Página electrónica, para el ejercicio fiscal que corresponda. Universitaria 1801, San Miguel. La Federación, Entidades Federativas, Municipios o los particulares (personas físicas o morales), podrán solicitar a la DGRMSGC Muebles en calidad de comodato, a través de las Dependencias o Entidades a las que les fueron asignados, justificando plenamente el fin y uso que se les dará, remitiendo la información y documentación que al efecto requiera la DCP. Adquisición de Bienes Inmuebles. Artículo 70. Artículo 18. La Tesorería Adjunta de Control Patrimonial (TACP), los invita a visitar la siguiente liga: https://tesoreria.uam.mx/tacp/ en la que podrás diversos procedimientos como traspasos, bajas, manuales de apoyo para los Asistentes Administrativos etc. Artículo Segundo. Sección II En el caso de no contar con la determinación de la autoridad competente, se deberá determinar la procedencia del pago del deducible a cargo del Personal usuario, a través del personal designado para tal efecto por la persona titular de la Dependencia o Entidad a la que le fue asignado el Contenido, previo levantamiento del acta de hechos correspondiente. Artículo 65. En el caso de la Federación y Entidades Federativas, el oficio de petición deberá suscribirse por la persona servidora pública facultada. Siniestros en Bienes Estatales, Reporte de siniestro en bienes inmuebles y Contenidos. Arrendamiento de Bienes Inmuebles de Propiedad Estatal. Unidades Relacionadas. En caso de que los Vehículos no se reciban a entera satisfacción, en los mismos reportes se deberán asentar las diferencias encontradas y mediante oficios suscritos por quienes sean titulares de las Áreas Administrativas a las cuales estén asignados, notificarán a la DCP las inconformidades, anexando copia de los reportes. Lo dispuesto en el párrafo anterior será condición para formalizar, de resultar aplicable, el contrato de comodato que legitime el uso que se detentará sobre los muebles de propiedad Estatal. Asistente Administrativo, Sub Dirección De Logística Y Control Patrimonial Área De Programación @ Academia De La Magistratura - Amag Perú Asistente Administrativo-Dirección General De Prestaciones Sociales @ Ministerio De Desarrollo E Inclusión Social Profesional De Presupuesto @ Artículo 23. Las solicitudes de Vehículos propiedad del Estado en calidad de comodato formuladas por la Federación, Entidades Federativas, Municipios o los particulares (personas físicas o morales), se sujetarán en lo conducente a lo dispuesto en el artículo 67 de los presentes Lineamientos. Héctor Salgado Banda, Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 80 primer párrafo y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 1, 3, 13 fracción II, 17 primer párrafo, 18 primer párrafo y 24 fracciones IV, incisos d), f) y g) y IX, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 6 fracciones I y IX y 62 de la Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado; 102, segundo párrafo, de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; 9 fracción VII y 17, tercer párrafo, de la Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato; así como en observancia a lo dispuesto por los artículos 2, 5 y 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración; y. El «Plan Estatal de Desarrollo Guanajuato 2040» [1], se encuentra integrado por cuatro ejes temáticos o dimensiones, dentro de las que se encuentra la «Dimensión 4 Administración Pública y Estado de Derecho», cuyo fin consiste en promover una gestión y políticas públicas de excelencia, confiables y cercanas al ciudadano, que garanticen una sociedad democrática, justa y segura. III. Baja de Muebles en el Padrón de la Propiedad Mobiliaria Estatal, Solicitud de recepción y baja de Muebles. Quien solicite la donación deberá acudir al Almacén o a las instalaciones de la Entidad y presentar lo siguiente: Adquisiciones de Vehículos realizadas directamente por las Dependencias o Entidades. Artículo 1. En caso de compras liberadas, además de lo que la DGRMSGC determine, deberá anexar copia del oficio de liberación autorizada. Es responsabilidad de las personas titulares de las Áreas Administrativas el seguimiento de los siniestros. No se suscribirá contrato de comodato alguno, que derive a su vez de contratación de servicios del capítulo 3000 del Clasificador por Objeto del Gasto. Lo anterior, no resultará aplicable para los activos de las partidas 5700 y 5900. Las Dependencias y Entidades no podrán entregar en calidad de apoyo o bajo cualquier otro concepto distinto a la Reasignación, Muebles a otras Dependencias o Entidades, y en caso de hacerlo, la responsabilidad no se transfiere y los bienes seguirán bajo el resguardo de las Dependencias o Entidades a quienes originalmente estén asignados los Muebles respectivos. Brinda la ubicación exacta de todas las instalaciones de la PUCP, dentro y fuera del campus. Con su aceptación autoriza a la Pontificia Universidad Católica del Perú (en adelante, PUCP), sito en Av. Una vez autorizada en su caso la compra del bien inmueble por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la Administración Pública Estatal, la DCP iniciará el trámite de escrituración correspondiente. Puedes postular a programas de apoyo financiero para alumnos y postulantes de pregrado. Artículo 30. Las personas titulares del Poder Ejecutivo y de las Dependencias, Direcciones Generales o equivalentes de las Entidades, Subsecretarías, Direcciones Generales, Coordinaciones Generales, Direcciones de Área y niveles equivalentes y aquellas personas servidoras públicas cuyas actividades lo ameriten y cuenten con la autorización de sus Dependencias y Entidades, así como el personal de los cuerpos de seguridad y escoltas, bajo su estricta responsabilidad y en virtud de la naturaleza de sus funciones, podrán hacer uso de los Vehículos oficiales incluso en días inhábiles, únicamente para el ejercicio de sus atribuciones. Comodato de Inmuebles de Propiedad Estatal, Requisitos para otorgar inmuebles en comodato. Cuando un bien inmueble del Estado total o parcialmente deje de cumplir con la finalidad para el cual fue asignado, las Asignatarias informarán por escrito y pondrán el citado inmueble a disposición de la Secretaría, dentro de un plazo no mayor a quince días hábiles posteriores a su desocupación. Artículo 107. Venta de Vehículos a personas servidoras públicas. Punto Edu. Fenton, MI 48430. Vehículos Adjudicados al Estado por la Federación, Vehículos adjudicados al Estado por la Federación. Para formalizar la entrega de Vehículos reasignados, la persona servidora pública comisionada de la Dependencia y/o Entidad solicitante, deberá presentarse en la DCP en la fecha y hora programadas para la entrega-recepción y cumplir con lo siguiente: Requisitos para solicitar Vehículos en calidad de comodato. Cuando así proceda conforme a los ordenamientos y disposiciones aplicables, quienes sean titulares de las Dependencias y Entidades deberán concurrir en forma conjunta con la Secretaría a la suscripción de los actos de adquisición de bienes inmuebles. Se abrogan los Lineamientos Generales de Control Patrimonial de la Administración Pública Estatal, emitidos mediante acuerdo del titular de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración en fecha 31 de diciembre de 2020. Improcedencia de la inscripción en el Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal. Tratándose de inmuebles compartidos, serán responsables conjuntamente las Dependencias, Entidades, Poderes Legislativo y Judicial y Organismos Autónomos que los posean, incluyendo lo relativo a las áreas comunes. En tanto las Dependencias o Entidades solicitantes no integren en su totalidad la documental necesaria para iniciar el trámite de protocolización de la donación, la DCP no podrá abrir el expediente de escrituración correspondiente, ante lo cual, la documental que le haya sido remitida con anterioridad, será devuelta a las Dependencias y/o Entidades. Adquisición de inmuebles para reservas territoriales. En caso de siniestros de Vehículos oficiales por rotura de cristales, el Personal usuario lo reportará a la Aseguradora correspondiente y deberá presentarse en las instalaciones de los Proveedores de cristales, autorizados por la Aseguradora, para que se levanten los respectivos reportes de siniestros y se cambien los cristales a los Vehículos siniestrados, debiendo informar lo conducente a la DCP vía oficio o firma electrónica en un plazo no mayor a diez días hábiles. Artículo 74. Ve el perfil completo en LinkedIn y descubre los contactos y empleos de Johnny Urbano en empresas similares. El control patrimonial de la Municipalidad conforme a su realidad administrativa y sectorial.- El Control Registral de los bienes estatales de la Municipalidad.- Responsabilidad de los Funcionarios Públicos.- . Sección V Las Dependencias y Entidades deberán reunir y entregar la documentación de los siniestros de bienes inmuebles del Estado y Contenidos que les solicite la DCP, quien efectuará el trámite respectivo con la Aseguradora. Una vez autorizada la solicitud, la DCP generará el acuerdo de reasignación correspondiente, el cual será debidamente suscrito por quienes sean titulares de la Subsecretaría de Administración de la Secretaría y de la DGRMSGC, estableciéndose en el mismo, las bases, condiciones y términos para el uso, explotación o aprovechamiento de los Muebles respectivos. La adquisición de bienes inmuebles para la prestación de servicios públicos deberá sujetarse a la autorización que al efecto emita quien sea titular de la Secretaría o la persona servidora pública que éste designe. Artículo 17. La entrega física del bien inmueble estatal otorgado en asignación, se formalizará mediante la suscripción del acta de «Entrega-Recepción», elaborada para tales efectos por la DCP. Supervisar la toma de inventarios de los activos fijos y bienes de la institución. Artículo 45. Artículo Segundo. La conservación, mantenimiento, vigilancia y administración de los bienes inmuebles del Estado otorgados en asignación, incluyendo las áreas comunes de aquellos inmuebles de propiedad estatal que se compartan, quedarán a cargo de quienes los tengan en uso, debiendo atender las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como las políticas que en su caso emita la DGRMSGC. Cuando ocurra algún siniestro en los bienes inmuebles del Estado y Contenidos asegurados por el Gobierno del Estado, la Dependencia o Entidad correspondiente deberá reportarlo telefónicamente a la Aseguradora respectiva y comunicarlo vía oficio o firma electrónica a la DCP, atendiendo además a los criterios que dicha Dirección al efecto publique en la Página electrónica. Los acuerdos gubernativos de donación se publicarán en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Revisa atentamente los documentos y plazos para postular para cada vacante. Artículo 101. Para efecto de actos de adquisición diversos a los realizados por la DAS, se deberá entregar la documentación siguiente: Artículo 55. Control y Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública. Cuando los siniestros sobre Contenidos provengan de la culpa o dolo del Personal usuario, éste deberá efectuar el pago del deducible a la Dependencia o Entidad de su adscripción, previa determinación de la autoridad competente. Dicho instrumento establece como parte de los escenarios al 2040 en materia de Administración Pública y Estado de Derecho, las relativas a las finanzas públicas que constituyen en gran medida el motor del desarrollo de la Entidad, ya que gracias a ellas se cuenta con los recursos que permiten proveer los bienes y servicios que la sociedad demanda así como aquellas que se requieren para el manejo adecuado de los recursos. Breña, Lima, Perú. Artículo 94. La DCP se encargará de verificar que el importe del deducible sea el correcto. CONTROL PATRIMONIAL ENERO - 2015 Í N D I C E ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE CONTRALORÍA, AUDITORÍA INTERNA Y CONTROL PATRIMONIAL. Artículo 47. Artículo 3. Para los movimientos de alta, baja o asignación de Vehículos adjudicados al Estado, se atenderá a lo previsto en los acuerdos y convenios citados en el artículo anterior, y lo que resulte aplicable para dicho trámite, según lo señalado en estos Lineamientos y demás disposiciones normativas aplicables. El presente Curso de Especialización Avanzada busca que el estudiante, abogado, magistrado, funcionario público o árbitro conozcan y manejen los aspectos teórico y prácticos relacionados al Derecho Civil Patrimonial. Encuentre lo último en seminarios web y eventos en línea, Campus principal Información de contacto de las oficinas, direcciones y otras unidades. Artículo 66. Browse by. Estructura de Plan de Tesis. Artículo 33. En el caso de las personas morales, los escritos de petición deberán estar suscritos por las o los representantes legales respectivos, anexándose copia del acta notarial o instrumento que acredite la legal constitución de las mismas, así como la personalidad de sus representantes legales. Condiciones de uso. . En los casos de que los siniestros sean pérdida total, los deducibles serán descontados de los finiquitos. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. En caso de accidentes, el Personal usuario de Vehículos oficiales, o en caso de estar imposibilitado, el personal de las Dependencias y Entidades a las que los Vehículos estén asignados, deberá reportarlos telefónicamente a la Aseguradora respectiva, evitando celebrar acuerdos con terceros, debiendo sujetarse a las indicaciones del ajustador perteneciente a la Aseguradora correspondiente. Es una de las 25 mejores de América Latina y la única peruana entre las 500 mejores del mundo en los rankings internacionales. Administración de inmuebles asignados y compartidos. Paz, justicia e instituciones sólidas», contempla el objetivo 6.4 «Garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas estatales», que contiene la línea estratégica «Consolidación de servicios gubernamentales confiables, eficientes e innovadores para la población en el estado de Guanajuato», y la estrategia 6.4.3 «Eficiencia en el ejercicio del gasto público» destacando entre sus líneas de acción «Robustecer las políticas y mecanismos de control y austeridad del gasto público». Reasignación, Comodato y Enajenación de Vehículos. Control Patrimonial. _____________________________________________________________________________________________________. La PUCP ofrece becas y fondos de apoyo económico destinados a los alumnos de posgrado para su formación profesional e investigaciones. Las Dependencias o Entidades que sin la intervención de la DCP, adquieran o regularicen inmuebles a favor del Estado por cualquier vía o lleven a cabo operaciones de enajenaciones de inmuebles de propiedad estatal, deberán remitir a la DCP dentro de los treinta días hábiles, a partir de su adquisición o enajenación, testimonio de la escritura pública o del instrumento correspondiente debidamente inscrito ante el Registro Público, libre de todo gravamen, plano topográfico del predio y avalúo con el que se llevó a cabo la adquisición, a fin de realizar la inscripción o baja conducente en el Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal. Para efectos de lo previsto en el párrafo anterior, los comodatarios deberán tramitar ante la Secretaría, la expedición de placas a fin de que figuren en el Registro Estatal Vehicular en calidad de legítimos poseedores; lo anterior, con las salvedades que determine la DCP en el oficio circular que al efecto publique en la Página electrónica. Artículo 60. Asignación de Bienes Inmuebles de Propiedad Estatal, Oficio de solicitud de asignación de inmueble y formalización mediante acuerdo. En el caso de que por los siniestros de Vehículos oficiales se declare pérdida total de los mismos, las Dependencias y Entidades gestionarán ante la DCP, las cartas de pérdida respectivas, y tramitarán la baja de placas ante las autoridades correspondientes, en cuyo trámite deberá indicarse el motivo de baja solicitado por la aseguradora. Artículo 78. Artículo 26. Artículo 32. El convenio de liquidación emitido en cada caso por la Aseguradora será revisado y validado por la Dependencia o Entidad que tenga bajo su cuidado el bien inmueble o Contenido siniestrado. En primer lugar, analiza, jurídica e históricamente, el matrimonio civil y la unión de hecho. La PUCP es reconocida por su pluralidad, la calidad de su enseñanza, investigaciones, responsabilidad social, apoyo a la cultura y su acción inspirada en la doctrina social de la iglesia. Información sobre los vínculos de la PUCP con instituciones nacionales e internacionales. En el caso de que los Muebles carezcan de etiqueta por desprendimiento, ilegibilidad o deterioro general, será responsabilidad de quienes sean titulares de las Áreas Administrativas de las Dependencias y/o Entidades, solicitar mediante oficio a la DCP la reimpresión de las mismas, indicando el número de oficio por el que inicialmente se envió el formato de alta de los Muebles que correspondan. Llegada la etapa de recabar la firma de la parte donante, las Dependencias y/o Entidades deberán realizar las gestiones conducentes, a efecto de facilitar la presencia de la parte donante ante la notaría pública a quien se encomendó la protocolización. Inscripciones Descargar brochure. Para la Asignación de terrenos ejidales a favor del Estado, las Dependencias y/o Entidades deberá considerarse lo siguiente: Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, la Dependencia o Entidad deberá coordinarse con la DCP a fin de acreditar los requisitos de personería jurídica para la obtención del correspondiente título de propiedad y su inscripción en el Registro Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad. ESTA CONVOCATORIA ESTA VIGENTE. Artículo 41. Home PUCP; PuntoEdu; Agenda PUCP; Ubicación y contacto. Programas de investigación en contabilidad. Conforme a lo dispuesto en el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato de la Administración Pública Estatal, la Subsecretaría de Administración mediante oficio circular que se publique en la Página electrónica, emitirá las disposiciones que regularán la autorización y procedimiento administrativo para la venta de bienes del patrimonio mobiliario a favor de las personas servidoras públicas que los tengan bajo su resguardo. Artículo 14. Artículo 10. Para las personas morales, las solicitudes respectivas deberán estar firmadas por sus representantes legales, acompañando a la misma copia del o los documentos que acrediten dicha representación, así como la de su legal existencia. ACTIVIDADES ACADÉMICAS DEL CENTRO DE EDUCACIÓN CONTINUA DE LA PUCP. El costo de reposiciones de Vehículos derivados de siniestros por negligencia, mal uso o dolo por parte del Personal usuario, correrá por cuenta de este último, en los casos en que la Aseguradora determine que el seguro no cubrirá el daño causado por el siniestro, o bien, cuando exista omisión de realizar las gestiones conducentes ante la Aseguradora. . Artículo 4.

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